En la Institución conviven dos órganos necesarios: el Tribunal de Justicia (TJ) y un Tribunal General (TG). Coexisten también los llamados Tribunales especializados, que conocen en primera o única instancia de materias concretas.
Composición
El Tribunal de Justicia estará asistido por ocho abogados generales. Si el Tribunal de Justicia lo solicitare, el Consejo, por unanimidad, podrá aumentar el número de abogados generales, un secretario y varios asistentes.Presidente
Su nombramiento se produce cada 3 años, y su titular se extrae de entre los jueces. Son los propios magistrados quienes eligen por votación al Presidente del Tribunal, que tendrá un mandato renovable.
Entre las funciones del Presidente, cabe destacar la dirección de los trabajos y servicios del Tribunal, así como la presidencia de las audiencias y deliberaciones de la Sala del Consejo.Jueces
Cada Estado miembro tiene capacidad para nombrar a un juez, de manera que el número de éstos coincide con el número de Estados la mayor parte de las veces. Los jueces son elegidos por un periodo de 6 años, y se renueva la mitad de su plantilla cada tres.
Abogados generalesLa figura del abogado general desempeña un papel especial en el Tribunal de Justicia, aportando a los jueces su opinión con total imparcialidad e independencia.
Secretario
Cargo similar al de Secretario judicial de los tribunales ordinarios, que es elegido por el Tribunal por un periodo de seis años con posibilidad de reelección.http://curia.europa.eu/jcms/jcms/j_6/
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